Seleccionar página

Control de drogas

Durante  2016, el Ministerio del Interior, a través de la Dirección General de Tráfico tiene previsto realizar más de 120.000 pruebas de control de drogas en las carreteras. ¿Pero cómo se realizan este tipo de controles?

Generalmente se realiza una prueba de alcoholemia y después se toma una muestra de saliva con unos dispositivos especiales con el objetivo de detectar posibles sustancias ilegales.

Si el test da positivo, se vuelve a realizar una segunda muestra de saliva. En este caso (al igual que ocurre en la prueba de alcoholemia), el conductor no podrá volver a ponerse al volante de su coche.

drogas

Si lo desea, puede esperar y someterse a otra prueba pasado un tiempo. Esta segunda muestra se envía al laboratorio toxicológico, con cadena de custodia, para garantizar que durante el transporte no sufre ninguna manipulación. Allí, se realiza la prueba ‘evidencial’, es decir, se confirman la sustancia o sustancias ingeridas así como su cantidad.

Los agentes también observarán los signos externos que presenta el conductor, siguiendo un cuestionario previo, como: nerviosismo, sudoración, euforia, habla dificultosa, temblores…

El conductor también puede solicitar que se le realice un análisis de sangre como prueba de contraste, el cúal se realizará por personal sanitario en un centro hospitalario. Si el resultado es positivo, es el solicitante el que deberá pagar los gastos.

Los resultados del laboratorio toxicológico se unen al informe del agente de la Guardia Civil, y se inicia el correspondiente expediente, bien en vía administrativa, bien en vía judicial.

Sanciones

Por otro lado, si el conductor se niega a someterse a los controles de alcohol o drogas, será castigado con penas de prisión de 6 meses a 1 año y privación del derecho a conducir entre 1 y 4 años, según recoge el artículo 383 del Código Penal,«Retirada de puntos en el carnet según las pruebas»

  • Conducir ebrio más de 0,75 mg/l (1 litro de cerveza o dos copas) = -6 puntos
  • Conducir ebrio profesionales más de 0,3 mg/l (1 lata de cerveza o una copa) = -6 puntos
  • No someterse a las pruebas de alcoholemia = -6 puntos
  • Conducir ebrio entre 0,25 y 0,75 mg/l (2 latas de cerveza o 1 copa) = -4 puntos
  • Conducir ebrio profesionales entre 0,15 y 0,30 mg/l (cualquier bebida alcohólica) = -4 puntos

Equipo MIPA

Guardar

Guardar

Guardar

Abrir chat
1
Hola, soy Paco, ¿puedo ayudarte?